ETAPAS DEL CENSO

CENSO (EMPADRONAMIENTO)

En el área urbana, el empadronamiento se organizará teniendo en cuenta que el trabajo del/de la empadronador/a será en un solo día, es decir el Día del Censo.

El gobierno dispondrá, que la población, en el área urbana, permanezca en sus viviendas hasta la visita del/de la empadronador/a.

En el área rural, en el Día del Censo, la inamovilidad de la población será para no desplazarse de su centro poblado rural a un centro poblado urbano. El empadronamiento en el área rural durará 15 días a partir del día del censo en el área urbana.

Esta estrategia, se implementará en todos los centros poblados del país y su cumplimiento estará garantizado por las autoridades policiales y de las fuerzas armadas, según corresponda.

Esta modalidad censal ayudará el trabajo del/de la empadronador/a en el área rural facilitará una buena supervisión, evitará duplicaciones y disminuirá la posibilidad de incurrir en omisiones durante el empadronamiento.

La población a través de sus propias organizaciones, tendrán un rol preponderante en el empadronamiento, tanto del área urbana como rural. Las organizaciones como los clubes de madres, comedores populares y otras en el área urbana, participarán en la difusión censal, en el desarrollo de la capacitación y en la ejecución del empadronamiento, asumiendo cargos censales o colaborando con el trabajo de los empadronadores.

Durante el período de empadronamiento, principalmente en el área rural, las rondas campesinas, comités de autodefensa, tenientes gobernadores/as y agentes municipales servirán de guía, orientación y protección a los/las empadronadores/as rurales en su recorrido por los centros poblados. Asimismo, facilitarán el trabajo, adelantando las coordinaciones con las autoridades y vecinos de los centros poblados.

Las personas de 12 y más años de edad, deberán responder personalmente a las preguntas que le formulen para llenar el cuestionario censal, salvo los menores de 12 años o miembros del hogar con discapacidad que se encuentren impedidos de proporcionar sus propios datos, en cuyos casos el/la jefe del hogar o una persona responsable se encargarán de brindar los datos.

Máxima protección al personal así como los locales censales, equipamiento y documentos, asimismo, protección permanente durante el empadronamiento hasta en el envío a la oficina central del censo. Para ello, se deben establecer las coordinaciones respectivas de apoyo con la Policía Nacional del Perú y de ser el caso con las Fuerzas Armadas.

El empadronamiento especial estará dirigido a las personas que trabajan en el Día del Censo y que tienen que asistir a sus centros de trabajo para no interrumpir los servicios básicos prioritarios, tales como: hospitales, clínicas, sanatorios y otros establecimientos de salud; así mismo, los bomberos, los periodistas, los trabajadores de los medios de comunicación, policías y miembros de las fuerzas armadas. A las personas que no tienen vivienda que duerman en parques, calles, plazas y otros lugares de uso público.

También estará dirigido a las personas que deben viajar el Día del Censo, así como, a las personas que trabajan en los aeropuertos y puertos, a nivel nacional. Asimismo a las personas que viven o se encontraron a las 00.00 horas del día del Censo en una vivienda colectiva institucional y no institucional.

Al culminar el empadronamiento el Día del Censo, los/las responsables de trabajo de las diferentes zonas censales que conforman un distrito mediante el uso de un aplicativo informático ingresaran información sobre el total de personas y viviendas empadronadas en su ámbito de trabajo, luego esta información consolidada será remitida vía internet a la sede central del INEI.

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